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012 Ley de Bancos 1900

MonedaOro20
La aprobación y éxito de La Ley de Moneda y el Patrón de Oro serían indispensables para dar el siguiente paso, la Ley de Bancos. Se dieron algunos movimientos en busca de una nueva ley para los Bancos establecidos y los que en un futuro se formaran.  El proyecto en sí tomó forma desde 1897, cuando don Ricardo Montealegre  Echeverría , diseñó las bases para esa ley, la cual fue aprobada el 18 de mayo de 1900,  constituida por 46 artículos, entre los cuales destacaban los siguientes: 
Art-Iº- Ningún Banco podría constituirse con un capital menor de 500 000 mil colones oro. 
Art.20- No podrá  emitir billetes  con un capital menor de un millón de colones oro en arcas. 
Art.22 – No podrá exceder sus emisiones el  65 % de su capital efectivo. 
Art.24- Los valores serán de, cinco, diez, veinte, cincuenta , cien y quinientos colones *, este mismo artículo detalla las características que deben tener los billetes, en cuanto a valor, color numeración y series. Art.25- Se considera emitido un billete desde que ha sido firmado y autorizado por el Banco, aunque no haya sido puesto en la circulación. 
Art.28- Autorizada la emisión, el Banco, antes de poner en circulación los remitirá á la Secretaria de Hacienda, quién los mandará a sellar, con el sello oficial ú otro que se destine.

* Los billetes de 500 colones no fueron emitidos en esta época.